Acción Cooperativa y los municipios controlan precios y stock en la Emergencia Sanitaria

En el marco de la Emergencia Sanitaria, el Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración, cuya titular es Karina Aguirre, avanzó en la firma de un convenio con la Subsecretaría de Asuntos Municipales y al mismo tiempo con los intendentes misioneros, a los fines de que en cada localidad misionera pueda dar cumplimiento a […]

En el marco de la Emergencia Sanitaria, el Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración, cuya titular es Karina Aguirre, avanzó en la firma de un convenio con la Subsecretaría de Asuntos Municipales y al mismo tiempo con los intendentes misioneros, a los fines de que en cada localidad misionera pueda dar cumplimiento a las normativas nacionales y provinciales vigentes.

De esta manera se garantiza el control en toda la provincia de lo referido a la provisión y precios de productos básicos y esenciales, como también el cumplimiento de la disposición de espacios en comercios tendientes a evitar contagios del Coronavirus (COVID-19),

Por Decreto 260 /2020 del Poder Ejecutivo Nacional se establece en el Art. 6 que El MINISTERIO DE SALUD, conjuntamente con el MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, podrán fijar precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos, u otros insumos críticos, definidos como tales. Asimismo, podrán adoptar las medidas necesarias para prevenir su desabastecimiento.

Por lo que para garantizar el cumplimiento de las medidas ordenadas se delegó la función de FISCALIZACIÓN exclusivamente, que otorga la Ley N° 24.240 (Defensa del Consumidor). Función que la Dirección de Comercio Interior comparte, a partir de la firma, con los Municipios en forma excepcional y por tiempo determinado, lo que facilita la efectiva aplicación de la legislación en la materia.

“Desde el Ministerio, a través de la Dirección de Comercio Interior, se estableció arbitrar medidas tendientes a minimizar riesgos de contagio del Coronavirus, en especial a las personas de rango etario más vulnerable, razón por la cual se controla la distancia que se mantenga entre personas dentro del comercio y los horarios establecidos para atención a los grupos denominados de riesgo. Es un trabajo en conjunto con las municipalidades que se concreta para que los comercios cumplan las disposiciones. Al mismo tiempo y muy importante es que delegamos desde el Ministerio el poder de policía en forma excepcional para controlar, constatar y realizar sanciones a quienes no cumplan con el abastecimiento de productos y los precios que están regulados desde el Gobierno Nacional. Es fundamental lo que realizan en cada ciudad ya que pueden llegar en forma más rápida a los comercios y sólo juntos podemos avanzar en medidas que beneficien a todos”, explicó la ministra Aguirre.

La delegación de funciones de fiscalización se extenderá en tanto y en cuanto permanezca vigente el decreto de emergencia, o hasta que sea necesario para el cumplimiento de los fines propuestos, quedando a criterio del organismo ministerial y la dependencia que controla el comercio interior en Misiones, la que brinda información y asesoramiento a los municipios que lo requieran.

En ese marco, los municipios están facultados para controlar la existencia en locales comerciales, de precio en góndola, precio en caja y existencia en depósito de los siguientes ítems:

• repelentes (en todas sus presentaciones tabletas, crema, liquido, aerosol espirales siendo esta enumeración meramente indicativa);
• lavandinas (en todas sus presentaciones),
• jabones de lavar “común” (en todas sus presentaciones); jabones desinfectantes (en todas sus presentaciones);
• alcohol (en todas sus presentaciones) y
• alcohol en gel.

Para realizar denuncias o consultas los consumidores y comerciantes pueden escribir a defensadelconsumidormisiones@hotmail.com o ingresando a www.acmci.misiones.gob.ar/contacto que son las vías oficiales habilitadas para tal fin.