Tras la modificación de los artículos 1º y 3º de la Ley XIX – Nº 49, aprobada durante la última sesión de la Cámara de Diputados que preside Carlos Rovira, el Ministerio de Acción Cooperativa quedó designado como Autoridad de Aplicación de la legislación que ordena a los establecimientos gastronómicos tener a disposición de los consumidores cartas de menús y señalética en Sistema Braille y con pictogramas.
Además, el Organismo administrado por Liliana Rodríguez, quedó facultado a dictar la normativa complementaria y necesaria para la implementación de la presente legislación.
La sustitución del articulado de la norma existente, fue una iniciativa de la Comisión de Niñez, Género, Familia, Juventud, Discapacidad y Personas Mayores tiene como principal objetivo generar espacios de inclusión para personas no ciegas y aquellas que padezcan Trastorno del Espectro Autista (TEA).
En la normativa se explica que “pictograma es un signo icónico dibujado y no lingüístico, que representa figurativamente (de forma más o menos realista) un objeto real o un significativo. Con su nombre se suelen denominar los signos de los sistemas no alfabéticos basados en dibujos significativos».
Galería audiovisual. (*)
(*) Fuente: Equipo de Información Legislativa Misionera