Cooperativas: el Ministerio autorizó la realización de asambleas virtuales

El Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración dispuso mediante la Resolución N°105/20, que siga suspendida la realización de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que se encuentren convocadas por las cooperativas y mutuales de Misiones, hasta que se encuentren dadas las condiciones que permitan la reunión de personas o las medidas que al […]

El Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración dispuso mediante la Resolución N°105/20, que siga suspendida la realización de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que se encuentren convocadas por las cooperativas y mutuales de Misiones, hasta que se encuentren dadas las condiciones que permitan la reunión de personas o las medidas que al efecto se dicten.

Además, con el instrumento que lleva la firma de la ministra Karina Aguirre y fue publicado hoy en el Boletín Oficial, se resolvió que aquellas entidades que deban celebrar Asambleas que no impliquen cambios de autoridades, podrán hacerlo en caso de ser necesario o por razones impostergables mediante el uso de medios virtuales de comunicación, quedando a criterio de la entidad cooperativa, la plataforma digital o aplicación a utilizar para la celebración de las mismas.

La medida se toma en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia del PEN N° 297/20, que estableció la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en atención a la pandemia COVID-19 y del Decreto N° 330/2020 del gobernador Oscar Herrera Ahuad, mediante el cual se declara la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria en el ámbito de la provincia.

El Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración resolvió, mediante la Resolución N°105/20, que siga suspendida la realización de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias que se encuentren convocadas por las cooperativas y mutuales de Misiones, hasta que se encuentren dadas las condiciones que permitan la reunión de personas o las medidas que al efecto se dicten.

Además, en el instrumento publicado hoy en el Boletín Oficial, la ministra Karina Aguirre dispuso que aquellas entidades que deban celebrar Asambleas que no impliquen cambios de autoridades, podrán hacerlo en caso de ser necesario o por razones impostergables mediante el uso de medios virtuales de comunicación, quedando a criterio de la entidad cooperativa, la plataforma digital o aplicación a utilizar para la celebración de las mismas.

La resolución se toma en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia del PEN N° 297/20, que estableció la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en atención a la pandemia COVID-19 y del Decreto N° 330/2020 del gobernador Oscar Herrera Ahuad, mediante el cual se declara la Emergencia Epidemiológica y Sanitaria en el ámbito de la provincia.

Este nuevo instrumento fue elaborado entre la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Jefatura de Despacho.

Mientras dure el aislamiento social, por consultas o asesoramiento gratuito los interesados pueden comunicarse por correo electrónico con el Ministerio de Acción Cooperativa, MCI vía:

-Subsecretaría de Acción Cooperativa y Mutual subsecoop2009@gmail.com

-Dirección de Registro y Fiscalización de Cooperativas y Mutuales regfisc.coopmut@gmail.com

O por internet accediendo a la sección Contacto del sitio oficial del Ministerio www.acmci.misiones.gob.ar

Todos los trámites y consultas se realizan en forma gratuita.

 

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