En el marco de la emergencia sanitaria provincial y nacional, el Ministerio de Acción Cooperativa, Mutual, Comercio e Integración que administra Karina Aguirre, continua hoy con las inspecciones a los comercios para constatar el cumplimiento de la Disposición N° 088 emitida por el Organismo referido a la provisión y precios de productos básicas y esenciales orientados al bienestar general de la población.
En caso de encontrarse irregularidades se labran Actas de Constatación e intiman a los comercios para que expliquen, en el término de cinco días hábiles, en los casos en que no cumplieran con alguna de las siguientes disposiciones:
• si los productos no tienen el precio en la góndola
• si el precio en la caja es mayor que el precio en la góndola
• si el precio en caja es mayor que el del producto o los productos al 15 de febrero en caso de alcohol en gel y al 6 de marzo para los demás productos
• si no está exhibido el precio al 15 de febrero en caso de alcohol en gel y al 6 de marzo para los demás productos
En este sentido, se realizarán inspecciones en los comercios para constatar la existencia de los productos básicos sanitarios: jabón de mano, lavandina, alcohol y repelentes como también se controlarán los precios de los mismos. Los que estarán regidos por un listado de precios máximos al 06 de marzo para el mercado interno con una vigencia de 30 días, cuya información brindará el Gobierno Nacional.
Para realizar denuncias los consumidores y comerciantes pueden escribir a defensadelconsumidormisiones@hotmail.com que es el correo electrónico habilitado por la Subsecretaría de Comercio e Integración para tal fin.
En caso de detectarse alguna de las irregularidades señaladas, deberán manifestar claramente el negocio, domicilio y municipio del comercio y adjuntar la foto del ticket, factura, precio de góndola o cualquier otro documento o documentos que den lugar al reclamo.
Se aclara que la limitación de cantidades en la venta de productos por parte del comercio, en esta situación de emergencia, no debe ser considerada como una infracción.
Los reclamos serán atendidos por la Dirección de Comercio Interior en su carácter de Autoridad de Aplicación de las leyes 24.240 (Defensa del Consumidor), 22.802 (Lealtad Comercial), 19.511 (Metrología Legal) y 20.680 (Abastecimientos).
En ese sentido se informa a distribuidores, proveedores, comercios y consumidores que la mencionada Dirección, dependencia de este Organismo, tiene afectados todos sus recursos a la verificación del cumplimiento de las normas citadas en la provincia y coordina tareas con los demás organismos provinciales y municipales, como así también cuenta con el poder de policía que las normas le otorgan para su cumplimiento.
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